Hora Legal Colombiana

ONAC cumple las actividades de Organismo Nacional de Acreditación de Colombia desde 2008. En dicho año, se suprimió el carácter de actividad pública administrativa de la acreditación y se reconoció plenamente su carácter técnico.

El Organismo Nacional de Acreditación de Colombia - ONAC es una corporación sin ánimo de lucro, regida por el derecho privado, constituida en 2007 y que por disposición estatutaria se organizó bajo las leyes colombianas dentro del marco del Código Civil y las normas sobre ciencia y tecnología.

ONAC tiene como objeto principal acreditar la competencia técnica de Organismos de Evaluación de la Conformidad, ejercer como autoridad de monitoreo en buenas prácticas de laboratorio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y desempeñar las funciones de Organismo Nacional de Acreditación de Colombia, conforme con la designación contenida en el capítulo 26 del Decreto 1074 de 2015 y las demás normas que los modifiquen, sustituyan o complementen.

Como organismo nacional de acreditación y atendiendo a los previsto en el artículo 2.2.1.7.7.6 del Decreto 1595 de 2015, el cual hace parte integral del Decreto Único Reglamentario Nro. 1074 de 2015, las principales funciones de ONAC son:

  1. Proveer sus servicios en condiciones no discriminatorias y observar las demás disposiciones en materia de competencia económica.
  2. Acreditar, previa verificación del cumplimiento de los requisitos a los organismos evaluación la conformidad que lo soliciten.
  3. Tramitar y responder, de conformidad con las disposiciones y reglamentarias vigentes y normas internacionales aplicables, las solicitudes que le presenten interesados.
  4.  Asegurar la idoneidad personal involucrado en sus actividades.
  5. Informar y solicitar concepto previo y aprobación al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo sobre la intención celebrar un acuerdo de mutuo.
  6. Mantener un programa vigilancia permita demostrar, en cualquier momento, que los organismos acreditados cumpliendo con condiciones y los requisitos que sirvieron para su acreditación.
  7. Establecer un procedimiento interno que permita a los involucrados en el proceso de acreditación y de administración del organismo declararse impedidos y excusarse en situaciones de posible conflicto de interés.
  8. Obtener y mantener su reconocimiento internacional a través la evaluación, por parte de pares internacionales y de la afiliación y actividades programadas por instituciones y e internacionales con la acreditación.
  9. Proporcionar al Gobierno Nacional la información que le solicite sobre la actividad acreditación, sin menoscabo principio confidencialidad.
  10. Conceptuar manera oficiosa  proyectos  técnicos elaborados por entidades de regulación.
  11. Participar en la Comisión Intersectorial la Calidad.
  12. Apoyar la legislación, regulación, reglamentación y, ante las autoridades, iniciativas para promover las prácticas en el ejercicio de evaluación la conformidad y de vigilancia y control las mismas.
  13. Coordinar las funciones relacionadas con la acreditación previstas en este capítulo y en las' normas que lo modifiquen, adicionen, sustituyan o complementen.
  14. Informar a los organismos evaluadores de la conformidad sobre cualquier cambio en los requisitos de la acreditación.
  15. Ejercer como autoridad de Monitoreo en Buenas Prácticas de Laboratorio de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico -OCDE.


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