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FICHA TÉCNICA DEL ESQUEMA

Coordinador Sectorial: Nora Jinneth Hernández
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Pulsa sobre la siguiente imagen para conocer más sobre JinnethResumen JINNETH HERNANDEZ

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DESCRIPCIÓN GENERAL DEL ESQUEMA
Nombre del esquema: Organismos Autorizados de Verificación Metrológica
Sigla: OVM
Referente normativo: CEA 4.1-14 /LA  -   CEA 4.1-15/LA
Objetivo: Los OAVM son entidades designadas por la Superintendencia de Industria y Comercio - SIC mediante la Resolución 37514 del 15 de junio de 2016 dando cumplimiento a lo señalado en el artículo 16 de la Ley 1753 de 2015 expedida por el Congreso de la Republica, por el cual se expide el Plan nacional de Desarrollo “Todos por un nuevo País”, mediante la cual se crean los OAVM, quienes tiene la función de verificar el cumplimiento de los Reglamentos Técnicos Metrológicos expedidos por la SIC.  En ese mismo sentido la SIC a través de la resolución 64189 de 2015 establece los requisitos de elegibilidad y obligaciones de los Organismo Autorizados de Verificación Metrológica.
Alcance: El alcance de este esquema de acreditación incluye la verificación metrológica bajo el documento CEA-4.1-14 / LA - a los surtidores, dispensadores y/o medidores de combustibles líquidos, utilizados para determinar la cantidad (volumen) de hidrocarburos que se expende y comercializa en las Estaciones de Servicio (EDS) Vehicular y Fluvial Públicas, buscando reducir o eliminar la inducción a error a los consumidores y usuarios en general, y, asegurando a la vez la calidad de las mediciones que proveen este tipo de instrumentos.
Este esquema también incluye la verificación metrológica bajo el documento CEA-4.1-15 / LA, a los Instrumentos de pesaje y funcionamiento no automático (balanzas) que son utilizadas en transacciones comerciales y que se encuentran en servicio de grandes superficies, supermercados de cadena, y establecimientos de comercio de autoservicio que posean dos (2) o más de estos instrumentos. También incluye lo relacionado con básculas camioneras que son utilizados en actividades de control de peso en carreteras, vías y puertos y cuyo sitio de operación será en todo el territorio nacional.
NOTA IMPORTANTE: este servicio de acreditación aplica solamente a las entidades previamente designadas por la Superintendencia de Industria y Comercio – SIC, mediante la Resolución No. 37514 del 15 de junio de 2016
REQUISITOS
Formulario de Solicitud Inicial de Acreditación FR-3.2.1-18 (Antes FR-3.2-18) Formulario de solicitud Acreditación de OAVM de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático
FR-3.2.1-19 (FR-3.2-19) Formulario de solicitud Acreditación de OAVM de surtidores, dispensadores y/o medidores de combustibles líquidos
FR-3.0-24 - Formato Alcance OVM V1
Lista cruzada norma de requisitos y documentación del sistema de gestión

LISTA DE VERIFICACIÓN ORGANISMOS AUTORIZADOS DE VERIFICACION METROLÓGICA "Instrumentos de Pesaje de Funcionamiento No Automático - CEA-3.0-15 (Antes CEA-4.1-15 / LA)"

LISTA DE VERIFICACIÓN ORGANISMOS AUTORIZADOS DE VERIFICACION METROLÓGICA "Surtidores, Dispensadores y/o Medidores de Combustibles Líquidos - CEA-3.0-14 (Antes CEA-4.1-14 / LA)"

 

Criterios Específicos de Acreditación CEA-3.0-14 antes CEA-4.1-14/LAV.2
CEA-3.0-15 antes CEA-4.1-15/LAV.2


VÍNCULOS DE INTERÉS
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